§ 9019. Presentación de estados financieros de la Asociación

PR Laws tit. 3, § 9019 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Al finalizar cada año fiscal, la Asociación preparará y publicará sus estados financieros debidamente intervenidos por un contador público autorizado o una firma de contadores públicos autorizados con licencia para ejercer la profesión en Puerto Rico. La intervención deberá ser realizada conforme a los principios generalmente aceptados en la auditoría gubernamental y privada. Estos también deberán ser publicados en el internet para conocimiento de sus asociados.