§ 9017. Informe de estado de cuentas

PR Laws tit. 3, § 9017 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

La Asociación deberá notificar a cada socio un informe anual de su estado de cuentas mediante correo ordinario, por medios electrónicos, o a través de la entidad gubernamental para la cual trabaja.