§ 8962. Aplicabilidad

PR Laws tit. 3, § 8962 (2018) (N/A)
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Este capítulo, en unión a las órdenes, decisiones y reglamentos emitidos o promulgados por la Administración con el fin de implantar las disposiciones de este capítulo, será aplicable a toda unidad gubernamental que pretenda otorgar un contrato de rendimiento energético en Puerto Rico, así como a los proveedores de servicios energéticos que pretendan establecer una relación contractual con una unidad gubernamental en Puerto Rico para este servicio especializado.