§ 8843a. Fondos federales

PR Laws tit. 3, § 8843a (2018) (N/A)
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Todo Plan de Reorganización aprobado de conformidad con este capítulo, deberá salvaguardar los fondos federales. A tales efectos, se dispone que cualquier cambio a un programa o agencia conforme a este capítulo se dejará sin efecto si el cambio tiene como resultado la pérdida de fondos federales en un programa que se utilice en Puerto Rico.