§ 157. Vigencia de otras disposiciones

PR Laws tit. 3, § 157 (2018) (N/A)
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Con excepción de las modificaciones que sea necesario hacer para ajustar las agencias y programas transferidos por este capítulo a la estructura departamental, las leyes que gobiernan dichas agencias y programas continuarán vigentes, excepto aquellas disposiciones que pudieran estar en conflicto con este capítulo, las cuales quedan por el presente derogadas.