Este Plan de Reorganización, al igual que los demás planes al amparo de las secs. 8821 et seq. de este título, y el impacto de los mismos, constituyen información de interés público. Por consiguiente, se autoriza al Consejo de Modernización y Reorganización de la Rama Ejecutiva creado al amparo de dichas secciones, a educar e informar a la ciudadanía sobre este Plan y su impacto. Es vital e indispensable que la ciudadanía esté informada sobre los cambios en los deberes y funciones de las agencias concernidas, los nuevos procedimientos a seguir y los derechos y obligaciones de los ciudadanos.
Dentro del término de sesenta (60) días de haber comenzado a operar la Comisión, el Jefe de cada agencia y el alcalde o alcaldesa de los municipios deberán someter la dirección electrónica de cada empleado, de manera que la Comisión pueda divulgar u orientar a los empleados públicos como parte de una campaña de orientación a la ciudadanía.