§ 142. Discrimen perjudicial por patrono—Patrono, definición de

PR Laws tit. 29, § 142 (2018) (N/A)
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En las secs. 140 a 143 de este título, a menos que del contexto de las mismas se deduzca otra cosa, la palabra “patrono” incluirá toda persona natural o jurídica que emplee obreros o empleados, y el gerente, administrador, superintendente, capataz, mayordomo, listero, pagador o representante de dicha persona natural o jurídica.