Cualquier patrono que intente por medio de coacción, intimidación, o amenaza, dejar cesante, o negare el empleo, o disminuir de su salario a cualquier trabajador, con el propósito de inducirle a que vote en cualquier elección legal, de acuerdo con los deseos del patrono o cualquier agente del mismo, o que en forma alguna demande del trabajador empleado por tal patrono, que muestre la papeleta de votar para su examen por el patrono o cualquiera otra persona que lo represente, será culpable de delito menos grave.