No se concederá ninguna orden de entredicho o recurso de injunction a ningún querellante que haya dejado de cumplir con cualquiera de las obligaciones fijadas por las leyes envueltas en la disputa obrera en cuestión, o que haya dejado de realizar todo esfuerzo para el arreglo de dicha disputa obrera mediante negociación, intervención del Servicio de Conciliación y arbitraje voluntario.