§ 75. Cooperación de la Junta con agencias locales y federales

PR Laws tit. 29, § 75 (2018) (N/A)
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En la aplicación de este subcapítulo, la Junta deberá cooperar con otras agencias gubernativas de análoga naturaleza o recabar ayuda de otras agencias del Gobierno y podrá actuar como agente de la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo o funcionar conjuntamente con ella.