(a) Certificación de nacimiento o transcripción certificada expedida por un encargado del registro demográfico u otro funcionario encargado del registro de nacimientos. No se cobrará ningún derecho por la certificación.
(b) Fe de bautismo o transcripción debidamente certificada de la misma, demostrativa de la fecha de nacimiento del menor y del lugar donde se celebró el bautizo. No se cobrará ningún derecho por esta certificación.
(c) Pasaporte o certificación de arribo expedida por los funcionarios de inmigración de los Estados Unidos, demostrativa de la edad del menor.
(d) Cualquiera otra constancia documental de la edad del menor que sea satisfactoria para el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos; Disponiéndose, sin embargo, que ningún récord escolar, certificado de censo escolar, o declaración jurada o simple sobre la edad del menor hecha por uno de sus padres, su tutor o encargado será aceptada, sino de acuerdo con lo especficado en el inciso (e).
(e) Certificación de edad aparente firmada por un médico y basada en un examen físico hecho al menor. Dicha certificación expresará la talla y peso del menor, y demás datos que sirvan de base para formar opinión sobre su edad, la declaración jurada de uno de los padres del menor, de su tutor, encargado o en cuanto a su edad, y la constancia de su edad según aparezca en el registro de la escuela a que asistió por primera vez, si puede obtenerse, o en el más antiguo censo escolar disponible, acompañarán la certificación médica sobre la edad.