(a) Declaración firmada por el futuro patrono, o por una persona debidamente autorizada para hacerlo en su nombre, expresiva de que su intención es la de proporcionar empleo a dicho menor, y manifestando la naturaleza específica de la ocupación en que piensa emplearlo, el número de horas diarias y el número de días a la semana que estará dicho menor empleado, y las horas diarias de empezar y terminar su ocupación y del tiempo concedido para almorzar y el salario que habrá de devengar.
(b) Prueba de edad, según lo dispuesto en la sec. 438 de este título.
(c) Certificado de capacidad física y mental, según lo dispuesto en la sec. 439 de este título.
(d) Récord escolar, según lo dispuesto en la sec. 440 de este título.