§ 402. Despalillado de tabaco—Cumplimiento

PR Laws tit. 29, § 402 (2018) (N/A)
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La fiscalización y el cumplimiento de las secs. 398 a 402 de este título estarán encomendados a los Secretarios de Salud y del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico, quienes, en el ejercicio de estos deberes, podrán utilizar todos los funcionarios de sus respectivos Departamentos y el Cuerpo de la Policía de Puerto Rico.