§ 394. Requisitos sanitarios—Terrenos deberán ser limpios y secados
PR Laws tit. 29, § 394 (2018) (N/A)
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Los terrenos en que estén instalados tales alojamientos deberán ser secados con el necesario desagüe para las aguas llovedizas, y mantenidos en absoluta limpieza y libres de todo residuo dañino a la salud, por los que los habiten.