§ 388. Trabajo industrial a domicilio, reglamentado—Récords del Departamento sujetos a inspección

PR Laws tit. 29, § 388 (2018) (N/A)
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Los registros o constancias, informes, solicitudes y fallos que se requieren sean hechos, por las secs. 371 a 392 de este título, se conservarán en un archivo en el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, y estarán expeditos para examen e inspección, pero sujeto dicho examen e inspección a las reglas que adopte el Departamento. Podrán dichos documentos ser utilizados como evidencia en cualquier procedimiento de los que determinan las secs. 371 a 392 de este título, pero en ninguna otra forma puede convertirse en materia de récord público.