Puerto Rico ha reconocido por mucho tiempo que, el empleo de hombres, mujeres y niños en condiciones perjudiciales a la salud y al bienestar general resultan en detrimento no tan solamente de los trabajadores directamente afectados, sino que, también al interés público. Este reconocimiento ha traído como consecuencia un vasto programa de legislación reguladora para conservar el bienestar público. La continuación de un sistema no regulado de trabajo a domicilio en el Estado Libre Asociado, es contrario a aquel programa, debido al hecho, de que éste va siempre acompañado de salarios excesivamente bajos, largas e irregulares horas, viviendas antihigiénicas o de otro modo inadecuadas para el trabajo. El empleo de niños de poca edad en las ocupaciones del trabajo industrial a domicilio es frecuente, pero una supervisión efectiva de este mal no ha podido obtenerse bajo el presente status. Mantener este sistema, además, pone en peligro la protección de los trabajadores en factorías industriales.
Después de un cuidadoso estudio e investigaciones practicadas, la Legislatura está convencida de que, el trabajo a domicilio, debe ser estrictamente regulado en beneficio de los trabajadores del Estado Libre Asociado y de la industria.