§ 361a. Declaración de propósitos

PR Laws tit. 29, § 361a (2018) (N/A)
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(a) La Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico declara que es su propósito y política, a través del ejercicio de sus poderes de proveer para el bienestar general, garantizar tanto como sea posible a cada empleado en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico condiciones de trabajo seguras y saludables y preservar nuestros recursos humanos y de esa manera minimizar las desgracias familiares y personales y las pérdidas económicas resultantes de las lesiones y enfermedades del trabajo:

(1) Autorizando al Secretario del Trabajo y Recursos Humanos a adoptar cualesquiera normas federales establecidas de seguridad y salud ocupacionales.

(2) Proveyendo para el desarrollo y aprobación de otras normas de seguridad y salud ocupacionales.

(3) Proveyendo un programa eficaz de cumplimiento que incluirá la prohibición de aviso por adelantado de cualquier inspección, y sanciones para cualquier individuo que viole esta prohibición.

(4) Confiriendo al Secretario del Trabajo y Recursos Humanos la responsabilidad y autoridad completas para poner en vigor todas las disposiciones de las secs. 361 a 361aa de este título y todas las normas de seguridad y salud ocupacionales, reglas, reglamentos y órdenes promulgadas bajo las mismas.

(5) Estimulando a patronos y empleados en sus esfuerzos por reducir el número de riesgos ocupacionales de seguridad y salud en sus sitios de empleo, y estimulando a patronos y a empleados a establecer programas nuevos y perfeccionar los existentes, para proveer condiciones de trabajo seguras y saludables.

(6) Proveyendo para que patronos y empleados tengan responsabilidades y derechos separados, pero dependientes entre sí respecto a alcanzar condiciones de trabajo seguras y saludables.

(7) Fomentando los esfuerzos conjuntos de trabajadores y patronos para reducir las lesiones y enfermedades que surjan del empleo.

(8) Proveyendo para procedimientos apropiados de rendición de informes con relación a seguridad y salud ocupacionales, cuyos procedimientos ayudarán a lograr los objetivos de las secs. 361 a 361aa de este título y a describir con precisión la naturaleza del problema de seguridad y salud ocupacionales.

(9) Proveyendo para métodos efectivos y unificados para la recopilación de estadísticas de seguridad y salud ocupacionales y data relacionada con el campo de seguridad y salud ocupacionales en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo agencias, instrumentalidades y municipalidades del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

(10) Proveyendo programas de adiestramientos para aumentar el número y competencia del personal dedicado al campo de la seguridad y salud ocupacionales.