§ 560. Parcelas segregadas libres de contribuciones—Cuotas de indemnizaciones a obreros

PR Laws tit. 28, § 560 (2018) (N/A)
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Cuando las parcelas mencionadas en la sec. 557 de este título estuviesen sujetas a embargos para el cobro de cuotas adeudadas a la Comisión Industrial, o por indemnizaciones a obreros, el Secretario de Hacienda de Puerto Rico, queda por la presente facultado para liberar dichas parcelas de los efectos del embargo trabado, cuando a su juicio y discreción, el remanente de la finca, u otros bienes en poder del deudor, fueren suficientes para cubrir el importe del embargo.