§ 558. Parcelas segregadas libres de contribuciones—Contribuciones pesarán sobre las fincas principales

PR Laws tit. 28, § 558 (2018) (N/A)
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El importe de las contribuciones correspondientes a las parcelas liberadas de acuerdo con la sec. 557 de este título, seguirán gravitando, y el Secretario de Hacienda de Puerto Rico las hará efectivas, sobre el remanente de las fincas principales, después de practicadas las segregaciones a favor de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico.