§ 524. Secretario de la Vivienda comparecerá en actos, contratos y procedimientos judiciales

PR Laws tit. 28, § 524 (2018) (N/A)
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El Secretario de la Vivienda de Puerto Rico queda por la presente facultado y autorizado para a nombre y en representación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico comparecer en los actos y contratos necesarios para llevar a cabo los fines y propósitos de la Administración de Desarrollo y Mejoras de Viviendas de Puerto Rico.

Asimismo se faculta a dicho funcionario para intervenir en igual capacidad, como demandante o demandado en todos los procedimientos judiciales necesarios para el funcionamiento de dicha Administración.