§ 306. Reclamaciones pendientes

PR Laws tit. 28, § 306 (2018) (N/A)
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Se dispone que no se condicionará la oportunidad de los empleados elegibles a acogerse al Programa de Retiro Temprano Voluntario a que renuncien a reclamaciones judiciales o administrativas contra la Autoridad y el Departamento de Agricultura, presente o pendiente de adjudicación.