§ 2633. Facultad de reglamentación

PR Laws tit. 27, § 2633 (2018) (N/A)
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Se faculta a la Comisión de Servicio Público, en coordinación con la Compañía de Turismo de Puerto Rico, a adoptar la reglamentación necesaria para la regulación de todo negocio dedicado al negocio de las fiestas rodantes en un término no mayor de noventa (90) días a partir de la aprobación de esta ley.