(a) Agencias ejecutivas.— Incluye los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo las corporaciones públicas, los municipios y las agencias que están comprendidas en esta Rama.
(b) Agregados.— Incluye tierra, barro, lodo, zahorria, babote, arena, mezcla asfáltica, piedra en bruto o triturada o cualquier otra materia análoga.
(c) Concesionario o empresa de servicio público.— Significa toda persona, asociación, compañía, corporación, cooperativa u organización de cualquier otra naturaleza que habiendo obtenido una autorización válida de la Comisión de Servicio Público transporte agregados u ofrezca servicio de grúa mediante paga por las vías públicas de Puerto Rico para fines personales, industriales y/o comerciales para beneficio del público en general o personas en particular.
(d) Empresas de acarreo de agregados en vehículos de motor.— Incluye toda persona que en su carácter de porteador público fuere dueño, controlare, explotare o administrare cualquier vehículo de motor que se utilice para acarreo de agregados por cualquier vía pública.
(e) Operador.— Toda persona debidamente autorizada que se dedique al manejo de un vehículo de motor por las vías públicas de Puerto Rico en la transportación de carga de agregados o en la prestación de servicio de grúa.
(f) Persona.— Incluye personas naturales y jurídicas.
(g) Porteador público.— Incluye toda persona que se ofrece a prestar o presta sus servicios en la transportación de carga de agregados mediante paga por las vías públicas de Puerto Rico y ofrece entregar uno o más de los materiales incluidos en agregados al público en general o personas en particular u ofrece servicio de grúa mediante paga.
(h) Transporte de agregados.— Incluye todo servicio relacionado con el transporte de agregados incluyendo su recibo, entrega, elevación, trasbordo, desvío, conducción y manejo.
(i) Vehículo de motor.— Incluye cualquier vehículo, tractor, camión, remolcador, camión de arrastre impulsado o tirado por fuerza mecánica que se utilice en la transportación de agregados o en la prestación de servicio de grúa.