§ 2101. Reglamentación por la Comisión de Servicio Público

PR Laws tit. 27, § 2101 (2018) (N/A)
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El Servicio de Ambulancias en Puerto Rico es un servicio afectado por el interés público y por lo tanto debe ser la Comisión de Servicio Público quien reglamente todo lo concerniente al mismo.