Las decisiones de la Comisión revocando, suspendiendo, modificando o cancelando autorizaciones o requiriendo una disminución en las tarifas, o prescribiendo reglas, no entrarán en vigor antes de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de la emisión de estas reglas o decisiones, excepto cuando la Comisión determinare que existe justa causa para decretar su vigencia dentro de un término más corto e hiciere constar dicha causa.