§ 1256. Querellas ante la Comisión

PR Laws tit. 27, § 1256 (2018) (N/A)
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Cualquier persona o instrumentalidad gubernamental que se quejare de algún acto u omisión que haya llevado a cabo o se proponga llevar a cabo una compañía de servicio público o porteador por contrato o cualquier concesionario, en violación de cualquier requisito o disposición de esta parte, o de cualquier regla u orden legal de la Comisión, podrá acudir ante la Comisión mediante solicitud escrita, conforme a las reglas aprobadas por ésta.