§ 1104. Poder para prescribir tarifas justas y razonables

PR Laws tit. 27, § 1104 (2018) (N/A)
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(a) Cuando la Comisión considere que cualquier tarifa infringe alguna disposición de esta parte, o es irrazonable, determinará y prescribirá la tarifa justa y razonable que deberá exigirse. En la fijación de las tarifas para porteadores públicos, la Comisión no tiene que considerar a éstos individualmente pudiendo basar sus determinaciones en la situación general de la actividad reglamentada. La Comisión dará a todas las partes que pudieran ser afectadas por sus determinaciones bajo esta sección la oportunidad de ser oídas.