Se crea una corporación pública, como instrumentalidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, bajo el nombre de Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública. La Corporación tendrá existencia perpetua con personalidad jurídica independiente y separada de cualquier otra entidad, agencia, departamento o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico y estará regida por una Junta de Directores. Se establece el 30 de junio de 1996 la fecha en que la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública dejará de ser subsidiaria de la Autoridad de Teléfonos. Sucesivamente, la fecha de cierra de cada año fiscal será el 30 de junio de cada año.