§ 425. Cláusula derogatoria

PR Laws tit. 27, § 425 (2018) (N/A)
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Una vez la Autoridad haya vendido o traspasado las acciones de todas sus subsidiarias y todos sus otros bienes y satisfecho todas sus deudas y obligaciones y este hecho se haya certificado en el informe anual correspondiente, este capítulo quedará derogada automáticamente.