§ 421. Inversiones legales

PR Laws tit. 27, § 421 (2018) (N/A)
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Los bonos de la Autoridad serán inversiones legales y podrán aceptarse como garantía, para todo fondo fiduciario, de fideicomiso y público, cuya inversión o depósito estará bajo la Autoridad o el dominio del Estado Libre Asociado o de cualquier funcionario o funcionarios de éste.