§ 420. Ley sobre Agencia Fiscal

PR Laws tit. 27, § 420 (2018) (N/A)
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La Autoridad estará sujeta a las disposiciones de las secs. 581 a 595 del Título 7, conocidas como la “Ley de Agencia Fiscal”, bajo las cuales se realizará todo su financiamiento a través de, y con la aprobación del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico.