§ 404a. Oficiales y empleados

PR Laws tit. 27, § 404a (2018) (N/A)
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Los nombramientos, destituciones, ascensos, traslados, separaciones, restituciones, suspensiones, licencias y pasos, compensaciones o títulos de los oficiales y empleados y/o cualquier otra transacción de la Autoridad serán realizados y permitidos, según se provea en las reglas y reglamentos a ser establecidos por la Junta de Gobierno y en cumplimiento con el plan general vigente para los empleados del Gobierno de Puerto Rico bajo las secs. 274 et seq. del Título 18, hasta donde el Director Ejecutivo estime que este plan sea consistente con los mejores intereses de la Autoridad y de sus empleados. Los oficiales y empleados de la Autoridad tendrán derecho a ser reembolsados, o, en su lugar, el pago de dietas, por aquellos gastos de viaje necesarios, según sean autorizados o aprobados en cumplimiento con las reglas y reglamentos establecidos por la Junta de Gobierno.