§ 9008. Sanciones

PR Laws tit. 26, § 9008 (2018) (N/A)
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Aquellas violaciones a las disposiciones de este Código o a las reglas o reglamentos promulgados a su amparo que no tuvieren sanción o penalidad expresamente establecida, estarán sujetas a una multa administrativa no menor de quinientos dólares ($500) ni mayor de diez mil dólares ($10,000) por violación imputada.