§ 8086. Comisión Interestatal—Reuniones y actos

PR Laws tit. 26, § 8086 (2018) (N/A)
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La Comisión se reunirá y tomará aquellas acciones que sean consistentes con las disposiciones de este Pacto.

Cada miembro de la Comisión tendrá el derecho y el poder de emitir el voto al cual el estado suscribiente tiene derecho y a participar en los trabajos y asuntos de la Comisión. El miembro emitirá su voto en persona o por los medios que se dispongan mediante reglamento. El reglamento dispondrá sobre la participación de los miembros en reuniones mediante vía u otros medios de telecomunicación o de comunicación electrónica.

La Comisión se reunirá por lo menos una vez cada año natural. Las reuniones adicionales se convocarán según lo dispuesto en el reglamento.