§ 3622. Negociado de Sistemas de Emergencias 9-1-1; autoridad

PR Laws tit. 25, § 3622 (2018) (N/A)
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La autoridad suprema en cuanto a la dirección del Negociado de Sistemas de Emergencia 9-1-1 será ejercida por el Gobernador de Puerto Rico, pero la administración y supervisión inmediata estará delegada en el Secretario del Departamento de Seguridad Pública del Gobierno de Puerto Rico.

Se crea el cargo de Comisionado de Sistemas de Emergencia 9-1-1 quien estará a cargo de las operaciones diarias del Negociado de Sistemas de Emergencia. El Comisionado será nombrado por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado de Puerto Rico. La posición de Comisionado del Negociado será clasificada bajo el servicio de confianza y la persona nombrada ocupará el cargo a discreción del Gobernador. La persona que ocupe este cargo evidenciará haber obtenido un grado académico de una institución universitaria debidamente acreditada o contar con no menos de cuatro (4) años de experiencia en puestos de supervisión. Además, deberá tener conocimiento y destrezas en administración.

El Comisionado de Sistemas de Emergencia establecerá por reglamento el orden de sucesión en caso de su ausencia, incapacidad o muerte.