§ 3546. Protección al Gobernador, Secretario, Funcionarios y Ex-funcionarios

PR Laws tit. 25, § 3546 (2018) (N/A)
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(a) El Negociado de la Policía de Puerto Rico tendrá la responsabilidad de proveer seguridad y protección al Gobernador de Puerto Rico y a su familia durante el término de su incumbencia.

(b) Además, tendrá la responsabilidad de proveer seguridad y protección al Secretario de Seguridad durante el término de su incumbencia.

(c) Aquellos funcionarios o ex funcionarios a quienes el Negociado de la Policía les provea servicio de escolta, seguridad y protección sólo tendrán derecho a recibirlo en la jurisdicción o territorio de Puerto Rico, con excepción del Gobernador de Puerto Rico.