§ 3537. Miembros del Negociado de la Policía; Ingreso y Reingreso
PR Laws tit. 25, § 3537 (2018) (N/A)
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El Secretario establecerá, mediante reglamento, los requisitos de ingreso y reingreso de todo miembro del Negociado de la Policía y tendrá la autoridad para entender en dichos asuntos.