§ 2655. Sentencias; reducción de grado de alistado

PR Laws tit. 25, § 2655 (2018) (N/A)
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(a) A menos que otra cosa se provea en los reglamentos que promulgue el Gobernador, la sentencia de una corte marcial de un miembro alistado en grado de paga sobre E-1 o su equivalente, según aprobada por la autoridad convocadora, que incluya:

(1) Licenciamiento deshonroso o por mala conducta;

(2) confinamiento, o

(3) trabajos forzosos sin confinamiento,

(b) Si la sentencia de un miembro que es reducido en grado de paga bajo el inciso (a) de esta sección es dejada sin efecto o desaprobada, o según finalmente aprobada, no incluye cualquier castigo mencionado en sus tres (3) cláusulas, los derechos y privilegios de los cuales él haya sido privado por tal reducción le serán restituidos y tendrá derecho a la paga y bonificaciones a las cuales hubiera tenido derecho, durante el período en que la reducción estuvo en efecto, tal y como si no se le hubiera reducido.