Cuando una persona está detenida para enjuiciamiento por una corte marcial general, el oficial comandante, si posible, dentro de ocho (8) días de haberse detenido o confinado al acusado, enviará los cargos al Gobernador a través de los canales correspondientes, acompañados del informe de la investigación y toda la documentación del caso. Si esto no es posible, informará por escrito al Gobernador las razones para la demora.