§ 2706. Aprobación por la autoridad convocadora

PR Laws tit. 25, § 2706 (2018) (N/A)
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Al actuar sobre las determinaciones de una corte marcial, la autoridad convocadora puede aprobar solamente aquellas determinaciones de culpabilidad, y la sentencia, o aquella parte o cantidad de ésta, que considere correcta de hecho y de derecho y que en su discreción determine deba ser aprobada. A menos que [la autoridad convocadora] indique lo contrario, la aprobación de la sentencia constituirá aprobación de las determinaciones y sentencia.