§ 2211. Aplicación de leyes militares

PR Laws tit. 25, § 2211 (2018) (N/A)
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Cuando la Guardia Estatal de Puerto Rico, o parte alguna de la misma, fuere llamada a Servicio Militar Activo Estatal por el Gobernador de Puerto Rico, o estuviere rindiendo cualquier otro servicio militar dentro de ley, estará sujeta al Código Militar de Puerto Rico, esta parte, aplicable a los miembros de las Fuerzas Militares de Puerto Rico.