§ 505. Distribución de fondos

PR Laws tit. 25, § 505 (2018) (N/A)
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El cincuenta por ciento (50%) de los fondos recaudados por concepto de cualquier impuesto, según se dispone en el Código de Rentas Internas, o que así se disponga en el futuro o se imponga mediante legislación especial, sobre los productos de pirotecnia aprobados por este capítulo y por el pago de multas relacionadas con las disposiciones de este capítulo, [se] ingresará a la Policía de Puerto Rico, para sufragar los esfuerzos en contra de la criminalidad en Puerto Rico y el restante [se] ingresará al Fondo General.