§ 460h. Reglamentación

PR Laws tit. 25, § 460h (2018) (N/A)
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Tanto el Superintendente como el Secretario, al igual que el Secretario de Hacienda, establecerán todos aquellos reglamentos que este capítulo ordene para la implantación de las disposiciones de este capítulo, dentro de los seis (6) meses siguientes a la aprobación del mismo, y en conformidad a las secs. 2101 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.