§ 285v. Escuelas de detectives privados—Operación

PR Laws tit. 25, § 285v (2018) (N/A)
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Toda instrucción se hará bajo la supervisión del Superintendente quien deberá determinar y promulgar mediante reglamento conforme al procedimiento establecido en la Ley Núm. 112, de 30 de junio de 1957, los requisitos y condiciones que a su juicio deben gobernar la operación de las referidas escuelas.