§ 180a. Deberes y facultades

PR Laws tit. 25, § 180a (2018) (N/A)
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La Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias, en coordinación con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, la Junta de Calidad Ambiental, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Junta de Planificación y el Recinto Universitario de Mayagüez, deberá desarrollar e implantar un Protocolo para la Mitigación de Riesgos por Deslizamientos de Terreno.

La Agencia Estatal será responsable de darle seguimiento en primera instancia a los trabajos iniciados relacionados con planes de mitigación de riesgos por deslizamientos de terrenos. A tales efectos, tendrá la facultad de adoptar reglas y reglamentos para velar por el cumplimiento del propósito de este capítulo.

Además, deberá rendir un informe a la Asamblea Legislativa sobre la creación e implantación del Protocolo no más tarde de seis (6) meses a partir de la entrada en vigor de esta ley.