El Consejo Asesor y el Director del Cuerpo Voluntario de Capellanes del Gobierno de Puerto Rico serán los encargados de supervisar, determinar y establecer la política pública dirigida a ofrecer los servicios de capellanía en situaciones de emergencia, desastres naturales, incidentes o eventos de catástrofe, conforme a la reglamentación que adopte la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres.