§ 173a. Política pública

PR Laws tit. 25, § 173a (2018) (N/A)
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El Consejo Asesor y el Director del Cuerpo Voluntario de Capellanes del Gobierno de Puerto Rico serán los encargados de supervisar, determinar y establecer la política pública dirigida a ofrecer los servicios de capellanía en situaciones de emergencia, desastres naturales, incidentes o eventos de catástrofe, conforme a la reglamentación que adopte la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres.