Los Centros Médicos Académicos Regionales, como corporaciones sin fines de lucro, estarán exentos de toda clase de contribuciones, derechos impuestos, arbitrios o cargos, incluyendo los de licencias, impuestos o los que se impusieron por el gobierno o cualquier subdivisión política de éste, incluyendo todas sus operaciones, sus propiedades muebles o inmuebles, su capital, ingresos y sobrantes. Dichas exenciones serán intransferibles.
Se exime a los Centros Médicos Académicos Regionales del pago de toda clase de derechos o impuestos requeridos por ley para la ejecución de procedimientos judiciales, la emisión de certificaciones en las oficinas de dependencias gubernamentales y subdivisiones políticas, así como en el otorgamiento de documentos públicos y de su inscripción en cualquier Registro Público.