§ 10018. Fuentes complementarias de financiamiento

PR Laws tit. 24, § 10018 (2018) (N/A)
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El Centro podrá aceptar donaciones de cualquier persona natural o jurídica y de cualquier departamento, agencia, instrumentalidad, corporación pública o municipio del Gobierno de Puerto Rico o de los Estados Unidos de América. El dinero así obtenido, así cualquier otro adquirido por servicios de consultoría, adiestramiento y otros servicios relacionados que pueda brindar el Centro, serán utilizados exclusivamente en cumplimiento de los objetivos del Centro y en proporción a las necesidades de cada una de sus funciones.