§ 6153y. Deber de publicar

PR Laws tit. 24, § 6153y (2018) (N/A)
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Los derechos señalados en este capítulo deberán constar en un lugar visible en todas las instituciones que provean servicios en salud mental y se entregará copia de estos derechos a las personas que reciban servicios en virtud de la misma. Asimismo, se pondrán en un lugar visible las responsabilidades de las personas que reciben los servicios de salud mental.