(a) Que sea menor de dieciocho (18) años de edad;
(b) que al momento presente o durante el pasado año, se le haya diagnosticado un trastorno mental, emocional o conductual;
(c) que cumpla con los criterios especificados para un diagnóstico, a tenor con el Manual Estadístico de Trastornos Mentales (DSM IV), el ICD-10 o los manuales vigentes al momento;
(d) que dicho trastorno haya resultado en un impedimento funcional que interfiera o limite el funcionamiento del niño o menor en la familia, escuela o la comunidad.